ACUERDO MINISTERIAL 1847-2012
Se establece lineamientos temporales para el nombramiento de personal en los puestos docentes vacantes, sin especialidad, con cargo al renglón presupuestario 011, de los centros educativos del Nivel medio en el sector oficial.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 1847-2012
Guatemala, 28 de junio 2012
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, en sus artículos 71 y 72 establece que "Es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna." y "La educación tiene como fin primordial el desarrollo de la persona humana, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal." para lograrlo, el proceso educativo debe ser de calidad.
CONSIDERANDO:
Que, es necesario atender la demanda de servicio docente en los centros educativos oficiales del Nivel Medio, Ciclos Básico y Diversificado, estableciendo lineamientos temporales para nombrar personal en los puestos docentes bajo el renglón presupuestario 011, Personal Permanente, que se encuentran vacantes, así como la asignación de las especialidades en los puestos que no cuentan con la misma.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 71, 72 y 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 2 del Acuerdo Gubernativo 165-96 del Congreso de la República de Guatemala, artículo 33 literal a) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, artículo 10 del Decreto Número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.
ACUERDA:
Establecer lineamientos temporales para el nombramiento de personal en los puestos docentes vacantes, sin especialidad, con cargo al renglón presupuestario 011, de los centros educativos del Nivel Medio en el sector oficial.
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