ACTA 42-2012.3
Acuerda aprobar el Acuerda Municipal que deja en suspenso el término CEDER establecido en el Reglamento para la Prestación del Servicio de Taxis y Vehículos Fleteros de Cobán.
El Concejo Municipal de Cobán, Alta Verapaz.
CONSIDERANDO:
Que dentro de la normativa vigente en relación al servicio de Taxis, Vehículos Fleteros, Transporte Urbano Diurno y Nocturno, Transporte Escolar dentro del municipio de Cobán, así como el Transporte Municipal hacia el Área Rural de este municipio, se prohibe ceder las autorizaciones provisionales (concesión) de dichas líneas que prestan el servicio en éste municipio;
CONSIDERANDO:
Que dentro de las atribuciones de la Administración Municipal se encuentra la regulación de los servicios públicos que funcionan al servicio de los vecinos, es necesario generar propuestas que tiendan a ordenar dicho servicio, trayendo consigo el poder garantizarles a los habitantes del municipio la prestación de un servicio confiable, ordenado y controlado por la Administración Municipal.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y en los artículos 253 y 254, de la Constitución Política de la República de Guatemala, y Artículos 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 67, 68, inciso d), 99,100 inciso e), del Decreto 12-2,002 Código Municipal
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
"Acuerdo Municipal que deja en suspenso el término CEDER establecido
en los Artículos veintidós literal g) y veinticinco literal a) numeral
dos del Reglamento para la Prestación del Servicio de Taxis y
Vehículos Fleteros de Cobán, Alta Verapaz y el numeral
primero del Articulo diez del Reglamento de Transporte Urbano
de la Ciudad de Cobán, Alta Verapaz."
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