RESOLUCIÓN  229-001-2012

Acuerda la Ampliación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro de Información Catastral de Guatemala, de conformidad con los montos establecidos en Comprobante del Modificación Presupuestaria de Ingresos y Egresos.


RESOLUCIÓN NÚMERO DOSCIENTOS VEINTINUEVE GUIÓN CERO CERO UNO GUIÓN DOS MIL DOCE (229-001-2012)

Guatemala, 9 de Febrero de Dos Mil doce.

Acuérdase aprobar la ampliación del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC-, para el ejercicio fiscal dos mil doce (2012) aprobado por el Consejo Directivo del RIC en Sesión Extraordinaria celebrada el 9 de febrero de 2012, según punto sexto del Acta número doscientos veintinueve guión dos mil doce (229-2012) de esa misma fecha.


EL CONSEJO DIRECTIVO DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN CATASTRAL DE GUATEMALA-RIC-


CONSIDERANDO:

Que al Consejo Directivo del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC-, le corresponde aprobar los presupuestos de la institución, conforme a lo establecido en la literal j) del artículo 13 de la Ley del Registro de Información Catastral, y a lo preceptuado en el tercer párrafo del Artículo 29 del Reglamento de la Ley del Registro de Información Catastral, Acuerdo Gubernativo No. 162-2009.


CONSIDERANDO:

Que la Ampliación propuesta, cuenta con la opinión favorable emitida por la Gerencia Administrativa Financiera del Registro de información Catastral de Guatemala -RIC-, contenida en el Dictamen número cero tres guión dos mil doce (03-2012), de fecha ocho (08) de Febrero del año dos mil doce (2012), por lo que es procedente emitir la disposición legal que aprueba la ampliación indicada.


POR TANTO:

Con base en los considerando y lo que para el efecto establecen los artículos uno, cuatro, seis, siete, ocho, nueve, trece, quince y dieciséis (1,4,6,7,8.9,13,15 y 16) de la Ley del Registro de Información Catastral, contenida en el Decreto Número cuarenta y uno guión dos mil cinco (41-2005), artículo cuarenta y uno (41) de la Ley Orgánica del Presupuesto, contenida en el Decreto número ciento uno guión noventa y siete (101-97) ambos del Congreso de la República y de acuerdo a lo estipulado en tercer párrafo del articulo 29 del Acuerdo Gubernativo No. 162-2009, Reglamento de la Ley del Registro de Información Catastral.


RESUELVE:

 
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