ACUERDO MINISTERIAL 7-2012
Se reforma el artículo 2 del Acuerdo Ministerial 126-2008
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 7-2012
Guatemala, 11 de enero de 2012
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO:
Que dentro del proceso de modernización del Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado, se autorizó la aplicación de Inventario de Activos Fijos dentro del Sistema de Contabilidad Integrada SICOIN WEB, a través del Acuerdo Ministerial Número 108-2004 emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas, para el mejor manejo y control de los activos fijos del Estado.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Finanzas Públicas mediante Acuerdo Ministerial Número 126-2008, autorizó para que en el Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-, se proceda a vincular a nivel informático el Sistema de Inventario de Activos Fijos con el Sistema Informático de Gestión -SIGES-, siendo esta disposición obligatoria para las entidades que conforman la Presidencia, Ministerios de Estado, Secretarías, Otras Dependencias del Ejecutivo y la Procuraduría General de la Nación. Asimismo, por medio del Acuerdo Ministerial Número 12-2005, se aprobó el Manual de Inventarios de Activos Fijos en el SICOIN WEB para todas las Instituciones de la Administración Central, por lo que se hace necesario que dichas disposiciones sean de observancia general para todas las Instituciones del Sector Público no Financiero.
POR TANTO:
Con fundamento en lo que establece el Artículo 194 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala, lo preceptuado en el Artículo 27, literal m), del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo y lo dispuesto en el Artículo 3, numeral 9 del Acuerdo Gubernativo Número 394-2008, Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA:
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