ACTA MUNICIPAL  51-2011

Se modifica el Reglamento para el servicio de agua potable de la Municipalidad de Sumpango, Departamento de Sacatepéquez

*Suspendida la vigencia, por el inciso e) del Escrito publicado con fecha 01-02-2012, de la Municipalidad de Sumpango, Sacatepéquez


ACTA NÚMERO 51-2011


LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL EN FUNCIONES, DE LA MUNICIPALIDAD DE SUMPANGO, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.


CERTIFICA:

Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de actas de las sesiones ordinarias del Concejo Municipal en hojas movibles, autorizado por la Contraloría de Cuentas, con cuentadancia número T3-3-4, en el cual aparece asentada el acta número 51 -2011, de fecha 08 de Diciembre del año 2011, en donde se aprobó el punto que en lo conducente dice:

ACTA NUMERO 51-2011.- Sesión Pública ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal del municipio de Sumpango, departamento de Sacatepéquez, el día jueves ocho de diciembre de dos mil once, a la que asisten los Síndicos Primero y Segundo, señores ANACLETO SABAN AJUCHAN y AUGUSTO RUCAL YOL, los Concejales Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto, señores FELINO TEJAXÚN ALQUIJAY, ANÍBAL ERNESTO SOSA OZEIDA, RÓMULO RUCAL CUBUR, GILBERTO CAJBÓN GALLINA y JOSÉ CUPERTINO CHOREQUE COTSAJAY, siendo presidida por el señor Alcalde Municipal, SANTOS CUBUR ESCOBAR, estando presente la señorita IRMA YOLANDA TAJÍN RABAY, en ausencia del señor JOSÉ EFRAÍN CHIQUITO SARAVIA, Secretario Municipal, por estar gozando de las vacaciones que le corresponden, siendo las dieciocho horas se procede en la forma siguiente:

OCTAVO: El señor Alcalde Municipal, SANTOS CUBUR ESCOBAR, hace del conocimiento al Concejo Municipal que con fecha catorce de enero de dos mil once se publicó en el Diario de Centro América el acuerdo de concejo contenido en el punto DÉCIMO QUINTO, del acta número cincuenta guión dos mil diez (50-2010), de fecha quince de diciembre de dos mil diez, por medio del cual se acordó modificar el Reglamento para el Servicio de Agua Potable de la Municipalidad de Sumpango, departamento de Sacatepéquez, específicamente el Artículo 1º. Numeral 26. Inciso 5o. TASA POR SERVICIO: correspondiente al pago que debe hacer el usuario por el consumo de agua, al derecho que le asiste a consumir hasta 15,000 litros, equivalente a 15 metros cúbicos de agua al mes, cuya tasa se denomina "canon" y el valor establecido es de CUARENTA QUETZALES EXACTOS Q. 40.00), y, dada la situación económica actual que impera en las familias que residen en la cabecera municipal por el alto costo de los artículos de primera necesidad y otros que son necesarios en los hogares, somete a consideración del pleno para que el rubro correspondiente a la TASA POR SERVICIO que por ahora tiene un costo de CUARENTA QUETZALES EXACTOS (Q. 40.00) tenga un decremento a partir del mes de enero del año dos mil doce, estableciéndose en la cantidad de VEINTE QUETZALES (Q. 20.00) en forma mensual por el consumo que debe hacer el usuario, teniendo derecho a consumir hasta 15,000 litros, equivalente a 15 metros cúbicos de agua. Enterado el Concejo Municipal de la propuesta que hace el señor Alcalde Municipal para realizar el decremento a la tasa a que se hace alusión, se somete a discusión, habiendo manifestado su inconformidad y no estar de acuerdo con dicho decremento los señores AUGUSTO RUCAL YOL, Sindico Segundo; ANÍBAL ERNESTO SOSA OZEIDA, RÓMULO RUCAL CUBUR y GILBERTO CAJBÓN GALLINA, Concejales Segundo, Tercero y Cuarto, por lo que solicitan que se proceda al razonamiento del voto de cada uno que ha manifestado su oposición. En virtud de la oposición a que se hace alusión y darse el empate en la votación, el señor Alcalde Municipal, SANTOS CUBUR ESCOBAR, en uso de las facultades que le otorga el articulo 40 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República, hace uso del doble voto o voto decisorio, por o que con fundamento al articulo citado, así como los siguientes: 253 literal c) y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 7, 9, 35 literales a), i) y n) y 42 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República (Código Municipal) y sus reformas, al resolver; ACUERDA: Modificar el Reglamento para el Servicio de Agua Potable de la Municipalidad de Sumpango, departamento de Sacatepéquez publicado en el Diario Oficial No. 58 del 30 de Noviembre de 1971, y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial No. 69 del 07 de mayo de 1982, No. 36 del 09 de octubre de 1991, No. 41 del 09 de mayo de 1992, No. 71 del 25 de noviembre de 1993, No. 58 del 1 de febrero de 2006, 23 del 27 de noviembre de 2009 y No. 8 del 14 de enero de 2011, de la siguiente manera:

 
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