ACUERDO MINISTERIAL  3410-2011

Se emiten disposiciones para funcionamiento de la carrera de Magisterio de Educación Primaria y Primaria Bilingüe Intercultural


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 3410-2011

Guatemala, 30 de noviembre del 2011


EL MINISTRO DE EDUCACIÓN


CONSIDERANDO:

Que, le corresponde al Ministerio de Educación, lo relativo a la aplicación del régimen jurídico concerniente a los servicios escolares y extraescolares para la educación de los guatemaltecos, para ello tiene a su cargo la formulación y administración de la política educativa, velando por la calidad y la cobertura de la prestación de los servicios públicos y privados, todo ello de conformidad con la ley.


CONSIDERANDO:

Que, es función del Ministerio de Educación llevar a cabo acciones en materia de desconcentración y descentralización del Sistema Educativo Nacional; y, de las Direcciones Departamentales de Educación, coordinar la ejecución de las políticas y estrategias educativas nacionales en el ámbito departamental, así como autorizar el funcionamiento de centros educativos privados, por cooperativa y municipales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y supervisar su funcionamiento y calidad de la educación que imparten.


CONSIDERANDO:

Que, para satisfacer las demandas educativas, se estableció el Currículo Nacional Base de Formación Inicial de Docentes del Nivel de Educación Primaria articulado con el Currículo Nacional Base del Nivel Primario, coherente con la diversidad cultural y lingüística, con calidad académica y acorde a los procesos de cambio nacional y mundial.


CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo Ministerial número 001963 de fecha 17 de noviembre de 2008, las escuelas e institutos normales que imparten la carrera de Formación Inicial de Docentes del Nivel de Educación Primaria, presentarán la propuesta fusionada en consideración a tres años, con base en el Acuerdo Ministerial número 004-2007 de fecha 04 de enero de 2007.


POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional, y, 2 y 3 del Acuerdo Gubernativo número 165- 96 de creación de las Direcciones Departamentales de Educación.


ACUERDA:


Emitir las disposiciones para funcionamiento de la carrera de Magisterio de Educación Primaria y Primaria Bilingüe Intercultural (idioma Indígena - Idioma Español).

 
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