ACUERDO GUBERNATIVO 31-2011
Se aprueba la distribución analítica de la ampliación efectuada al Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2011
ACUERDO GUBERNATIVO DE PRESUPUESTO
No. 31-2011 EJERCICIO FISCAL 2011
Guatemala, 12 de octubre del 2011
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo estipulado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones a realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de Guatemala, mediante el Decreto Número 14-2011, amplió el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2011, en la cantidad de Q. 2,025,000,000.00, con el propósito de aprobar la contratación con el Banco Interamericano de Desarrollo de los préstamos externos 2434/OC-GU y 2435/BL-GU "Programa de Apoyo a la Agenda de Cambio Climático de Guatemala", por las cantidades de Q. 1,726,920,000.00 y Q. 298,080,000.00 respectivamente, destinados a brindar apoyo al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado;
CONSIDERANDO:
Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, "Ley Orgánica del Presupuesto", Artículos 13 y 29, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades de la Dirección de Crédito Público, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto; por lo que, queda bajo su responsabilidad la distribución analítica propuesta de los créditos aprobados, mediante el presente Acuerdo Gubernativo de Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en consideración el Dictamen Número 645 de fecha 11 OCT. 2011, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución Número 482, fecha 12/10/2011, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q), y conforme lo que establece el Artículo 4 del Decreto Número 14-2011;y Artículo 27 del Decreto Número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto;
ACUERDA:
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