ACUERDO MINISTERIAL 196-2011
Acuerda publicar el presente Acuerdo Ministerial mediante el cual se da a conocer la Resolución número CINCO (SICA-OSPESCA) de fecha 27 de abril de 2011.
ACUERDO MINISTERIAL No. 196-2011
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 24 de agosto de 2011
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que el artículo 150 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado de Guatemala, como parte de la comunidad centroamericana mantendrá y cultivará relaciones de cooperación y solidaridad con los demás Estados que formaron la Federación de Centroamérica deberá adoptar las medidas adecuadas para llevar a la práctica la unión política y económica centroamericana.
CONSIDERANDO:
Que en los términos del artículo 10 y 22 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos -ODECA- se deberá garantizar siempre la publicidad de las resoluciones adoptadas por los Órganos e Instituciones del Sistema de la Integración Centroamericana, ya que estas decisiones serán de obligatorio cumplimiento en todos los Estados miembros.
CONSIDERANDO:
Que Mediante Resolución número CINCO (SICA-OSPESCA) de fecha 27 de abril de 2011, los Ministros Competentes de las Actividades de la Pesco y la Acuicultura del istmo Centroamericano, aprobaron la adenda al Reglamento OSP-02-09 para el Ordenamiento Regional de la Pesquería de la Langosta del Caribe (Panulírus argus); la cual es de estricto interés del Estado y de Interés General en virtud de que dicho recurso es patrimonio nacional.
POR TANTO,
En el ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, y 29, Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto No. 114-97 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
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