ACUERDO MINISTERIAL  424-2011

Reglamento para usuarios y visitantes del Centro Cultural de Escuintla "Licenciado Arístides Crespo Villegas"


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 424-2011

Guatemala, 4 de mayo de 2011


EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES


CONSIDERANDO:

Que es competencia del Ministerio de Cultura y Deportes, velar por todas las dependencias que lo integran, dictando las disposiciones y resoluciones que sean necesarias para el buen desenvolvimiento de las mismas. Que el Centro Cultural de Escuintla "Licenciado Arístides Crespo Villegas" es una dependencia de la Dirección General de las Artes, del Ministerio de Cultura y Deportes, por lo que, está dentro de la esfera de su competencia, velar por su desarrollo y buen funcionamiento.


CONSIDERANDO:

Que actualmente el Centro Cultural de Escuintla "Licenciado Arístides Crespo Villegas", no cuenta con un instrumento legal que regule su funcionamiento interno y que determine las disposiciones reglamentarias que deberán observar los usuarios y visitantes que hagan uso del complejo.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m), 31 literal a) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, y 7 del Acuerdo Gubernativo Número 27-2008 de fecha 10 de enero de dos mil ocho. Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.


ACUERDA:


EMITIR EL REGLAMENTO PARA USUARIOS Y VISITANTES DEL CENTRO CULTURAL DE ESCUINTLA "LICENCIADO ARÍSTIDES CRESPO VILLEGAS"


CAPITULO I
DISPOSICIONES PARA USO DE ESPACIOS

 
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