ACUERDO GUBERNATIVO  122-2011

Acuerda aprobar el Addendum Número Dos al Convenio de Cooperación Bilateral entre el Ministerio Público de Guatemala y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala CICIG.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 122-2011

Guatemala, 19 de abril del 2011


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece, que el Ministerio Público es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas, cuyos fines principales son velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país. Su organización y funcionamiento se regirá por su ley orgánica. El Jefe del Ministerio Público será el Fiscal General de la República, y le corresponde el ejercicio de la acción penal pública.


CONSIDERANDO:

Que el 17 de diciembre de 2010, se firmó el Addendum Número Dos al Convenio de Cooperación Bilateral entre el Ministerio Público de Guatemala y la Comisión internacional contra la Impunidad en Guatemala -CICIG-, por un monto de ochocientos mil quetzales (Q 800,000.00), para desarrollar un marco de cooperación técnica y financiera que permita promover actividades para el aumento de las capacidades técnicas del recurso humano del Ministerio Público; documento que se apega a las leyes y reglamentos vigentes, y derivado a que todo convenio de donación debe ser aprobado por Acuerdo Gubernativo con el refrendo del Ministerio de Finanzas Públicas, es necesario emitir la disposición legal por medio de la cual se apruebe.


POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento con lo establecido en el artículo 53 del Decreto No. 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA:

 
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