ACUERDO 03-2010
Acuerda la Norma para Reducción de Desastres Uno (NRD-1).
*Derogado por el artículo 7 del Acuerdo 02-2019
ACUERDO NÚMERO 03-2010
Guatemala, 19 de marzo de 2010.
EL CONSEJO NACIONAL PARA LA REDUCCION DE DESASTRES
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado proteger la vida humana, asegurando a los habitantes del país las condiciones propicias para el desenvolvimiento de la actividad productiva y creadora, así como prever en lo posible las consecuencias que puedan derivarse de desastres de origen natural o provocado;
CONSIDERANDO:
Que la constante actividad sísmica del territorio guatemalteco ha puesto de manifiesto que los materiales y técnicas empleadas en la construcción de edificaciones, no observan normas de seguridad tanto en su construcción como en remodelaciones, por lo que es necesario establecer normas mínimas que prevenían posteriores daños en dichas construcciones y reduzca en riesgo al personal que labora en ellas y a los usuarios que los visitan,
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Guatemalteca de Ingeniería Estructural y Sísmica (AGIES), ha elaborado una propuesta de normas técnicas que deben aplicarse en las construcciones) a efecto de prevenir que las mismas colapsen en el caso de eventos sísmicos, las cuales se encuentran ajustadas a los criterios técnicos correspondientes, siendo pertinente su pronta observancia en el diseño de nuevas obras como en la remodelación y reparación de las existentes así como en su evaluación.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 3 literal a) de la Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado y el articulo 6, literal o) y p), del Reglamento de la Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado.
ACUERDA
Emitir la siguiente:
NORMA PARA REDUCCIÓN DE DESASTRES UNO (NRD-1)
Requerimientos Estructurales para Obras Críticas, Esenciales e Importantes
- Buscado: 3,613 veces.
- Ficha Técnica: 189 veces.
- Imagen Digital: 184 veces.
- Texto: 177 veces.
- Formato PDF: 22 veces.
- Formato Word: 48 veces.