ACUERDO MINISTERIAL 302-2010
Acuerda autorizar a la Entidad Extrajera de carácter no lucrativo, denominada ESCUELA AGRICOLA PANAMERICANA, INC, para que pueda establecer una sucursal en el país.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 302-2010
Guatemala, 10 de diciembre de 2010
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO:
Que la Entidad Extranjera de carácter no lucrativo denominada ESCUELA AGRICOLA PANAMERICANA, INC, constituida de conformidad con las leyes de Delaware, Estados Unidos de América, por medio de su Mandatario General con Representación, se presentó a este Ministerio con fecha cuatro (4) de agosto del año dos mil nueve (2009), solicitando la autorización para establecer una sucursal en la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce el derecho de libre asociación y que nadie está obligado a asociarse ni a formar parte de grupos o asociaciones de autodefensa o similares, exceptuando únicamente el caso de la colegiación profesional
CONSIDERANDO:
Que la documentación presentada por la entidad solicitante cumple, con los requisitos exigidos por este Ministerio y no contraria las leyes vigentes del país y siendo que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, al emitir dictamen, se pronunció en sentido favorable, opinión que aprobó la Procuraduría General de la Nación, es procedente emitir la disposición Ministerial correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; y, 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo número 635-2007, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación; y, con fundamento en los artículos 15 numeral 2, 30 y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley 106 y sus reformas,
ACUERDA:
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