DECRETO DEL CONGRESO  30-2010

Ampliación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado Vigente para el Ejercicio Fiscal 2010.


DECRETO NÚMERO 30-2010


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala obliga a observar el principio de solidaridad, al establecer que el Estado tiene como fin supremo la realización del bien común de los guatemaltecos, bajo el mandato de guardar conducta fraternal entre si, y ordena a los guatemaltecos contribuir a los gastos públicos, para que el régimen económico y social de Guatemala alcance el desarrollo, fundado en principios de justicia social, en un contexto de estabilidad con crecimiento acelerado y sostenido.


CONSIDERANDO:

Que la recurrencia y efectos negativos de los desastres naturales sobre la economía nacional y las condiciones de vida de la población guatemalteca, exigen del Estado la definición de una estrategia financiera que permita contar con los recursos necesarios para atender adecuada y oportunamente las necesidades financieras de las instituciones públicas en presencia de una emergencia nacional de gran magnitud.


CONSIDERANDO:

Que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, Decreto Número 72-2008 y sus reformas, vigente para el Ejercicio Fiscal 2010, no incluye recursos financieros suficientes para atender la emergencia nacional, por lo que es necesario autorizar la incorporación de recursos provenientes de préstamos (BIRF 76830-GT) y donaciones, con el objeto de financiar la ejecución de diversos programas y proyectos orientados a la atención de los desastres naturales.


CONSIDERANDO:

Que la autorización de operaciones de crédito externo hace necesario ajustar el presupuesto de los servicios de la deuda pública, con el objeto de prever los recursos necesarios que permitan cumplir oportunamente con dichos servicios, y con ello mantener una calificación riesgo país adecuada ante los organismos financieros internacionales.


CONSIDERANDO:

Que la priorización en el uso de los recursos públicos que ha venido implementando el Gobierno de la República, permitirá readecuar las asignaciones a las instituciones financiadas con ingresos tributarios y fortalecer financieramente los servicios de la deuda pública con ingresos corrientes.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a), b) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:


AMPLIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010

 
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