ACUERDO MUNICIPAL  233-37-62-2010

Se acuerda autorizar la Venta de servicios de Agua del Nuevo Pozo denominado "DEL CHIPILINAR" de la Municipalidad de Villa Canales, Departamento de Guatemala.


ACUERDO MUNICIPAL NÚMERO 233-37-62-2010
PUNTO DÉCIMO SEGUNDO


LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALES DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA


CERTIFICA:

Tener a la vista el Libro número 62 de Actas de sesiones del Concejo Municipal, en el que se encuentra el acta número treinta y siete de fecha veintiocho de Julio de dos mil diez, en la que, en el punto DECIMO SEGUNDO se encuentra el Acuerdo Municipal número 233-37-62-2010 que copiado literalmente dice:

DECIMO SEGUNDO: (Acuerdo No. 233-37-62-2010 ) En cumplimiento a lo requerido por el Concejo Municipal en Acuerdo número 221-36-62-2010 de fecha 21 de julio de 2010, en el cual se solicitó un informe sobre los resultados obtenidos en las líneas de conducción de agua hacia el Caserío El Chipilinar, en virtud de que los vecinos están requiriendo información sobre la venta de servicios de agua, los señores Carlos Cux Jefe de Fontaneros de la Municipalidad, Toribio Antonio Silvestre Fontanero de Santa Elena Barillas y Eduardo Jerez Jefe de la Extensión de Santa Elena Barillas presentan nota en la indican que se hicieron las pruebas de conducción de agua hacia el Caserío El Chipilinar, las cuales dieron buen resultado, por lo que ya se pueden vender servicios de agua para dicho lugar.

El Honorable concejo Municipal CONSIDERANDO: que en virtud de que los resultados de las pruebas del agua a los diferentes sectores del Caserío El Chipilinar han sido satisfactorias, de acuerdo a lo informado por los señores fontaneros y encargado de la extensión municipal, considerándose que de momento no existe ningún obstáculo para que se proceda a la venta de servicios de agua a los vecinos de El Chipilinar, quienes desde hace varios años han estado gestionando ante la Municipalidad, la venta de dichos servicios.

CONSIDERANDO: Que no existe inconveniente alguno para vender servicios de agua a los vecinos del caserío El Chipilinar y vecinos de otros sectores de la aldea Santa Elena Barillas que han sido favorecidas con el nuevo pozo de agua, con el entendido que los mismos se otorgaran en venta, a quienes cumplan con todos los requisitos que establece el Reglamento para la Administración del Agua Potable y únicamente en los sectores en los cuales exista red de distribución, no así para los sectores considerados como Colonias Privadas no autorizadas por la Municipalidad, por tanto luego de deliberar, por unanimidad ACUERDA:

 
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