ACUERDO 23-2010
Se acuerda abrogar el Acuerdo 21-2010 y se deroga el artículo 8 del Acuerdo 1-2010, ambos de la Corte Suprema de Justicia.
ACUERDO No. 23-2010
CONSIDERANDO:
Que para una adecuada administración de justicia es conveniente que los Juzgados de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer y los Tribunales de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, creados mediante el Acuerdo número 1-2010 de la Corte Suprema de Justicia, debido a la carga procesal que en esta materia tienen los juzgados y tribunales del país, inicien su actividad procesal a partir de los casos nuevos; asimismo, debe dejarse sin efecto el Acuerdo 21-2010 de esta Corte, por lo que deban emitirse las disposiciones correspondientes.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 43 numeral 5, 45, 48 y 52 del Código Procesal Penal; 15 y 22 de la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer; 12, 54 literales a) y f), y 94 de la Ley del Organismo Judicial,
ACUERDA:
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