ACUERDO MINISTERIAL  650-2010

Acuerda crear el Departamento de Conservación y Rescate de Sitios Arqueológicos Prehispánicos (DECORSIAP).

*Derogado por el artículo 5 del Acuedo Ministerial 1126-2010 del Ministro de Cultura y Deportes de fecha 22-11-2010.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 650-2010

Guatemala, 9 de julio de 2010


EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES


CONSIDERANDO:

Que es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional, que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley marco de los Acuerdos de Paz, específicamente el Acuerdo de identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas; el Convenio 169 de la organización Internacional del Trabajo -OIT- sobre pueblos indígenas y tribales de países independientes; la convención de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO-sobre diversidad de expresiones culturales y la Declaración Universal de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, que como preceptos legales impulsan la dignificación, reivindicación y desarrollo de la comunidad.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que establece el Acuerdo Gubernativo número 27-2008 de fecha diez de enero de dos mil ocho, del Ministerio de Cultura y Deportes, que contiene su Reglamento Orgánico Interno, desarrollará sus funciones con la finalidad de dar cumplimiento a los propósitos, los principios, la misión, la visión y las políticas, a través de las direcciones y dependencias que integran su organización, procurando llevar a la práctica la desconcentración y descentralización progresiva de sus funciones y servicios, en coordinación con otras entidades públicas o privadas del ámbito cultural, artístico, deportivo y recreativo del país.


CONSIDERANDO:

Que es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional, emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación; y el Ministerio de Cultura y Deportes, como ente rector de las políticas culturales y deportivas nacionales, encargado de administrar descentralizadamente el fomento, promoción y extensión cultural y artística, a través del desarrollo cultural.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículo 194 literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 25, 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1 del Decreto Número 26-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación y sus Reformas; 5, 7 y 31 del Acuerdo Gubernativo Número 27-2008 de fecha 10 de enero del 2006, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.


ACUERDA:

 
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