ACUERDO GUBERNATIVO 202-2010
Acuerda el Reglamento para la Aprobación de los Estatutos, Reconocimiento de la Personalidad Jurídica y Funcionamiento de los Consejos de los Centros Educativos Públicos.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 202-2010
Guatemala, 6 de julio del 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República establece que, es obligación del Estado proporcionar y facilitar la educación a sus habitantes sin discriminación alguna y que la administración del sistema educativo deberá ser descentralizado y regionalizado.
CONSIDERANDO:
Que es función del Ministerio de Educación promover la descentralización de los recursos económicos, estimular y coadyuvar la organización de padres y madres de familia, con la participación voluntaria de los maestros y director de cada centro educativo público, y lideres de la comunidad.
CONSIDERANDO:
Que para alcanzar los fines de la Educación en el país, es imperativo unificar con una sola figura, a todas las organizaciones existentes a la fecha, con la participación de los Líderes Comunitarios, con el propósito de hacer participativa la comunidad en la prestación de toe servicios y el tomento de programas que respondan a las necesidades y demandas de los educandos, en su realidad multilingüe, multiétnica y pluricultural. Por lo anterior, se hace necesario emitir las disposiciones correspondientes con el objeto de regular esta actividad, en beneficio del proceso educativo.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos: 183 literal e) y 194 literal c) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literal j) y 33 literales c) y f) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 3,4, 5 y 8, del Decreto 12-91, del Congreso de la República, Ley de Educación Nacional.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS, RECONOCIMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA Y FUNCIONAMIENTO
DE LOS CONSEJOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS.
CAPÍTULO I
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