ACUERDO GUBERNATIVO 177-2010
Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de Ingresos del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad, para el Ejercicio Fiscal 2010.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 177-2010
Guatemala, 22 de junio del 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento establecen que las modificaciones de la ejecución de los presupuestos de las entidades descentralizadas con excepción de las autónomas, que impliquen la disminución de los resultados económicos y financieros previstos, o la alteración sustancial de la inversión programada o el incremento del endeudamiento autorizado, deben ser analizados y decididos por el Organismo Ejecutivo, oída la opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas, una ampliación de su presupuesto de ingresos y Egresos correspondiente al ejercicio fiscal 2010, por un monto de SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES QUETZALES EXACTOS (Q.7,385,833.00), con recursos financieros que provienen de la fuente 32 "Disminución de caja y bancos de ingresos propios". Derivado de lo anterior, es procedente autorizar la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que se han cumplido los requisitos legales correspondientes con base en la opinión contenidas en el Dictamen número 294 de fecha 07 JUN. 2010 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución número 194, de fecha 10 de junio de 2010 emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; lo que preceptúa el artículo 41 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, y artículo 25 del Acuerdo Gubernativo Número 240-98, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto;
ACUERDA:
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