DECRETO DEL CONGRESO 9-2010
Ley que dispone exonerar de todo Impuesto que recaiga sobre la Importación e Internación de Equipos y Suministros a favor de los Clubes Rotarios de Guatemala.
DECRETO NÚMERO 9-2010
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es deber del Estado garantizar la vida, la libertad, la justicia, la paz y el desarrollo integral de todos los habitantes del país.
CONSIDERANDO:
Que los Clubes Rotarios de Guatemala se han dedicado a realizar obras de beneficio social, desde hace aproximadamente 75 años, apoyando a la educación, la salud y la mitigación de la pobreza de muchos guatemaltecos
CONSIDERANDO:
Que para llevar a cabo sus programas de beneficio social, requieren del apoyo de los Clubes Rotarios del extranjero, a través de donaciones y equipos, medicamentos y suministros que Ingresan al país para ayudar a las clases más necesitadas.
CONSIDERANDO:
Que numerosa ayuda se ha perdido, ya que los Clubes Rotarios Nacionales no han logrado cubrir el pago de los impuestos y derechos arancelarios en las donaciones.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 171 literal a) y 239 literal b) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY QUE DISPONE EXONERAR DE TODO IMPUESTO QUE RECAIGA SOBRE LA IMPORTACION E INTERNACIÓN DE EQUIPOS Y SUMINISTROS A FAVOR DE LOS CLUBES ROTARIOS DE GUATEMALA
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