ACUERDO MINISTERIAL 0012-2010
Se acuerda establecer los requisitos para obtener el registro de variedades vegetales de uso agrícola.
ACUERDO MINISTERIAL No. 0012-2010
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 14 de enero de 2010
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que es función del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, establecer el Registro de Variedades Vegetales que contribuya al desarrollo económico, político y social en beneficio del país, adoptando medidas congruentes que favorezcan el desarrollo y aprovechamiento sostenible de los recursos fitogenéticos del país.
CONSIDERANDO:
Que es necesario que se cuente con certeza jurídica que garantice al productor y comercializador la calidad de la semilla, parte de plantas y plantas en general en sus principales componentes: genético, físico, fisiológico y fitosanitario.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la ley del Organismo Ejecutivo, Decreto No. 114-97 de Congreso de la República y sus reformas; 6o. del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo Número 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998 y sus reformas.
ACUERDA:
REQUISITOS PARA OBTENER EL REGISTRO DE VARIEDADES VEGETALES
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