ACUERDO MINISTERIAL 390-2009
Se acuerda ajustar el precio de mercado del petróleo crudo nacional determinado provisionalmente para el mes de OCTUBRE de 2009 contenido en el Acuerdo Ministerial 322-2009.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 390-2009
Guatemala, 30 de noviembre de 2009
EL VICEMINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS
CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo Ministerial número 322-2009 del 29 de SEPTIEMBRE de 2009, se fijó provisionalmente el precio de mercado del petróleo crudo nacional para el mes de OCTUBRE de 2009.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad son el artículo 171 del Reglamento General de la Ley de Hidrocarburos, el precio de petróleo crudo así determinado tiene carácter provisional por un periodo de tres meses, con el propósito de ajustado posteriormente al ocurrir dentro de ese período cualquier cambio en el precio a nivel internacional o bien por otras causas imprevistas.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Hidrocarburos, como consecuencia de haberse registrado cambios en el precio del petróleo crudo nacional a nivel internacional realizó el estudio correspondiente y ha propuesto el precio que ya ajustado debe regir en forma definitiva para el mes de OCTUBRE de 2009, y habiendo emitido opinión favorable la Comisión Nacional Petrolera, es procedente emitir la disposición legal correspondiente
POR TANTO:
Con base en lo considerado y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 1. del Decreto Ley número 21-85; 172 y 174 del Reglamento General de la Ley de Hidrocarburos; 22 y 27 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República y Acuerdo Ministerial núumero 015-2008 del 24 de enero de 2008.
ACUERDA:
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