ACUERDO 20-2009
Acuerda la creación de Juzgado de Paz de Ejecución Civil de Guatemala y el Juzgado Segundo de Paz de Ejecución Civil de Guatemala con sede en el municipio de Guatemala.
ACUERDO No. 20-2009
CONSIDERANDO:
Que la organización actual de los órganos jurisdiccionales con competencia en materia civil conserva prácticas que han incidido en la mora judicial y la falta de acceso a la Justicia en la resolución de los conflictos de naturaleza civil.
CONSIDERANDO:
Que la garantía del debido proceso exige que al desarrollarse el procedimiento preestablecido, se observen las garantías y principios constitucionales y que es deber de los tribunales observar el principio de supremacía constitucional, la inmediación judicial, así como el acceso efecto y a la justicia.
CONSIDERANDO:
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia definir la competencia de los órganos encargados de administrar justicia, así como dictar las providencias para remover los obstáculos que se opongan a la administración de Justicia pronta y cumplida.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 203 de la Constitución Política de la República; 51, 52, 54 inciso f, 77 y 79 inciso d, de la ley del Organismo Judicial Integrada como corresponde,
ACUERDA:
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