ACTA MUNICIPAL  18-2009

Reglamento que normará la utilización de las Áreas Públicas del Municipio de Concepción Chiquirichapa, Departamento de Quetzaltenango.

*Se hace la aclaración que por error involuntario se consignó mal el nombre de la Municipalidad de Chiquirichapa, siendo el correcto Municipalidad de Concepción Chiquirichapa, por la Fe de Errata de fecha 24-09-2009.


ACTA No. 18-2009


El Infrascrito Secretario Municipal de la Municipalidad de Concepción Chiquirichapa, del Departamento de Quetzaltenango:

CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de "Actas de Sesiones Municipales" de la Alcaldía Municipal, que se lleva en la secretaria municipal, en el cual y a folios Número: cuarenta y cinco al cuarenta y siete (45 al 47), se encuentra en el acta número dieciocho guión dos mil nueve (18-2,009) la que copiada literalmente dice: "Acta No. 18-2,009. Sesión ordinaria Celebrada por el Honorable Concejo Municipal del Municipio de Concepción Chiquirichapa del departamento de Quetzaltenango, siendo las veinte horas del día Nueve de Julio del año dos mil nueve (09/07/2,009). Reunidos en la Alcaldía Municipal, presidido por el señor Alcalde Municipal don: Jorge López Rivera; Síndicos Municipales I y II: Geremias Lorenzo Hernández y Anacleto Mateo Hernández López; Concejales del primero el cuarto en su orden, señores: Braulio Juárez López, Juan Juárez Bravo, Santiago Cafaren López y Felipe López Aguilar, y Secretario Municipal Sr. Adrián Velásquez Lorenzo, para dejar constancia de lo siguiente: Primen: El señor Alcalde Municipal declaró abierta la sesión. Segundo: Considerando: Que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza la libre locomoción a toda persona, sin más limitaciones que las establecidas en la ley y que el interés social prevalece sobre el interés particular. Considerando: Que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas a quienes entre otras funciones les corresponde el ordenamiento territorial control urbanístico de su circunscripción municipal y para los efectos correspondientes emitirá las ordenanzas y reglamentos respectivos. Considerando: Que la Municipalidad de Concepción Chiquirichapa, departamento de Quetzaltenango ha tenido serios problemas por el desorden generado por la utilización indiscriminada y sin criterio urbanístico de bienes municipales de uso común y no común, principalmente en la utilización de las áreas públicas para la colocación de venta ambulantes, anuncios publicitarios, comercio que extienda la presentación de sus productos hasta la vía pública, obstruyendo la libre locomoción y obligando al peatón a bajarse al área de rodadura vehicular, con el consecuente peligro de sufrir accidentes, actividad económica que provoca daños al medio Ambiente por la acumulación de basura que contamina y obstaculiza las obras de desarrollo como agua potable y drenaje, lo cual va en detrimento de los habitantes del Municipio, por lo que se hace necesario emitir una ordenanza municipal que norma la utilización de esta clase de bienes. Por Tanto: en uso de las facultades que confieren los artículos 26, 44, 256 y 254 de la Constitución Política de b República; artículos 3, 9, 33 inciso b) y 151 del Código Municipal, Decreto No. 12-2002.


ACUERDA:

Emitir el siguiente


REGLAMENTO QUE NORMARÁ LA UTILIZACIÓN DE LAS ÁREAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE CONCEPCIÓN CHIQUIRICHAPA, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.

 
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