ACTA MUNICIPAL 16-2009
Se acuerdo Modifica el Artículo 62 del Reglamento de Construcción de la Municipalidad de Chiquirichapa, Departamento de Quetzaltenango.
*Se hace la aclaración que por error involuntario se consignó mal el nombre de la Municipalidad de Chiquirichapa, siendo el correcto Municipalidad de Concepción Chiquirichapa, por la Fe de Errata de fecha 24-09-2009.
ACTA No. 16-2009
El Infrascrito Secretario Municipal, del Municipalidad de Concepción Chiquirichapa, del Departamento de Quetzaltenango: CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de "Actas de Sesiones Municipales" de la Alcaldía Municipal, que se lleva en la secretaría municipal, en el cual y a folios Número: Treinta y cuatro al treinta y seis (34 al 36), se encuentra en el acta numero Dieciséis guión dos mil nueve (16-2,009) la que copiada literalmente dice:
"Acta No. 16-2,009. Sesión ordinaria Celebrada por el Honorable Concejo Municipal del Municipio de Concepción Chiquirichapa del departamento de Quetzaltenango, siendo las diecisiete horas del día nueve de julio del año dos mil nueve (09/07/2,009). Reunidos en la Alcaldía Municipal, presidido por el señor Alcalde Municipal don: Jorge López Rivera; Síndicos Municipales I y II: Geremias Lorenzo Hernández y Anacleto Mateo Hernández López; Concejales del primero al cuarto en su orden, señores: Braulio Juárez López, Juan Juárez Bravo, Santiago Cabrera López y Felipe López Aguilar, y Secretario Municipal Sr. Adrián Velásquez Lorenzo, para dejar constancia de lo siguiente: Primero: El señor Alcalde Municipal declaró abierta la sesión. Segundo: CONSIDERANDO: Que por mandamiento constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, que entre otras funciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.- CONSIDERANDO: Que por disposición legal, las municipalidades del país tienen competencia para remitir las ordenanzas y reglamentos de su municipio, ejecutarlos y hacerlos ejecutar, así como la autorización e inspección de la construcción de obras públicas y privadas y la fijación de rentas de los bienes municipales, de tasas por servicios públicos locales. CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de los mandamientos constitucionales y disposiciones legales arriba citados la Municipalidad del Municipio de Concepción Chiquirichapa, departamento de Quetzaltenango promulgó el Reglamento de Construcción, por medio del cual reglamentó las actividades de: excavación, construcción, reparación y demolición de edificaciones que se encuentren situadas en el distrito jurisdiccional del Municipio de Concepción Chiquirichapa. CONSIDERANDO: Que el artículo 62 del Reglamento de Construcción en vigor en su inciso a), incurrió en error involuntario al ser transcrito literalmente del acta de fecha: veintitrés de mayo del año dos mil dos, y su publicación en el Diario de Centroamérica de fecha: Veintiocho de agosto de dos mil dos, por lo que debe emitirse la disposición municipal correspondiente. Por Tanto: con fundamento en lo considerando y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 7, 11, 30, 39, 40, 41, 52, 82, 84, 109 Dto. Leg. 12-2002 Código Municipal. ACUERDA:
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