ACTA MUNICIPAL  63-2009

Se acuerda aprobar la aclaración y corrección, debido a un error en la digitación, habiéndose consignado el número acta 18-2008, siendo lo correcto el número 19-2008.


ACTA NÚMERO 63-2009


EL INFRANSCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE FRAIJANES, MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

Que para el efecto tiene a la vista el Libro de Actas de Sesiones Públicas Ordinarias y Extraordinarias que celebra el Honorable Concejo Municipal de Fraijanes, número: L2 9523 autorizado por la Contraloría General de Cuentas, el veintiuno de abril del arto dos mil ocho, con número de cuentadancia, T tres guión uno guión trece (T3-1-I3), en el que se encuentra el acta número 63-2009 de fecha siete de julio del año dos mil nueve, cuyo punto resolutivo TERCERO: literalmente establece:

TERCERO: La Honorable Corporación Municipal de Fraijanes, del Departamento de Guatemala.


CONSIDERANDO:

El Honorable Concejo Municipal, que se hace necesaria la aclaración y por consiguiente su corrección, debido a un error en la digitación, habiéndose consignado el numero acta dieciocho guión dos mil ocho (18-2008), de fecha doce de septiembre del año dos mil ocho, el cual se público en el diario de Centro América el día veintisiete de marzo del año dos mil nueve, y para corregir el error de digitación, siendo lo correcto el numero acta diecinueve guión dos mil ocho, (19-2008), manteniendo la misma fecha y contenido, lo que deberá publicarse en el diario de Centro América, de conformidad con la ley.


CONSIDERANDO:

Que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la Cabecera de la circunscripción municipal. El Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable de ejercer la autonomía del municipio, se integra por el Alcalde, los Síndicos y los Concejales, todos electos directa y popularmente en cada Municipio de conformidad con la Ley de la Materia.


POR TANTO:

Con base a los considerandos y facultados en lo que para el efecto establece el Decreto 12-2002 del Congreso de la República, la Honorable Corporación Municipal al deliberar y resolver por unanimidad.-


ACUERDA:

 
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