DECRETO DEL CONGRESO 21-2009
Ley de Competencia Penal en Procesos de Mayor Riesgo.
DECRETO NÚMERO 21-2009
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de las personas.
CONSIDERANDO:
Que una de las condiciones básicas de mantener la independencia de la justicia es la seguridad personal de los jueces, magistrados, fiscales y auxiliares de justicia.
CONSIDERANDO:
Que la independencia de la justicia en materia penal es especialmente vulnerable al empleo de la fuerza física, amenazas, intimidaciones y otras formas de coacciones, con el fin de influir en el comportamiento de los jueces, magistrados, fiscales y auxiliares de a justicia en el cumplimiento de sus funciones, en la investigación y persecución penal y juzgamiento.
CONSIDERANDO:
Que existen procesos de mayor riesgo que se caracterizan por requerir medidas extraordinarias para garantizar la seguridad personal de los jueces, magistrados, fiscales y auxiliares de la justicia, testigos y demás sujetos procesales, en los cuales resultan insuficientes las medidas ordinarias de protección.
POR TANTO:
En el ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE COMPETENCIA PENAL EN PROCESOS DE MAYOR RIESGO
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