ACUERDO MINISTERIAL  1292-2009

Se acuerda establecer el procedimiento para el otorgamiento del Titulo de Traductor Jurado.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 1292-2009

Guatemala, 17 de julio del 2009


LA MINISTRA DE EDUCACION


CONSIDERANDO:

Que es función del Ministerio de Educación a través de las dependencias respectivas, establecer los procedimientos necesarios para efectuar trámites diversos, siendo de importancia el relacionado con el otorgamiento del titulo de Traductor Jurado, por lo que se hace necesario designar a la dependencia encargada de dicho trámite y establecer los procedimientos pertinentes para facilitar la debida atención a los usuarios de dichos servicios.


CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo Gubernativo 165-96 de fecha 21 de mayo de 1996, se crean las Direcciones Departamentales de Educación como órganos encargados de planificar, dirigir, coordinar y ejecutar las acciones educativas en los diferentes departamentos de la República. Que con el objeto de mejorar los servicios educativos se emitió el Acuerdo Ministerial 1291-2008 de fecha 7 de agosto del año 2008 que reestructura la Dirección Departamental de Educación de Guatemala como Dirección Departamental de Educación Guatemala Norte, Dirección Departamental de Educación Guatemala Sur, Dirección Departamental de Educación Guatemala Oriente, Dirección Departamental de Educación Guatemala Occidente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 33 de la Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:


Establecer el procedimiento para el otorgamiento del Titulo de Traductor Jurado.

 
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