ACUERDO GUBERNATIVO 154-2009
Acuerda Reformar al Acuerdo Gubernativo Número 351-94 de fecha 14 de julio de 1994, Reglamento de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República y sus Reformas.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 154-2009
Guatemala, 9 de junio del 2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es obligación del Estado velar por la elevación del nivel de vida de todos los habitante del país procurando el bienestar de la familia. Por lo anterior, mediante Acuerdo Gubernativo Número 893-91 de fecha 22 de noviembre de 1991, se creó la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República, cuyo objetivo es impulsar e implementar programas de carácter social que beneficien a la niñez, a la familia y a la comunidad en general.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Gubernativo Número 351-94, de fecha 14 de julio de 1994, se emitió el Reglamento de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República, en el cual no se reguló el caso de sustitución por ausencia temporal del titular de esa Secretaría, y en vista que es necesario mantener la continuidad de la representación y funciones de dicha Secretaría, es procedente dictar la disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 15 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA:
Emitir la siguiente,
REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 351-94 DE FECHA 14 DE JULIO DE 1,994, REGLAMENTO DE LA SECRETARIA DE OBRAS SOCIALES DE LA ESPOSA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y SUS REFORMAS.
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