RESOLUCIÓN  DGT-PJ-22-2009

Reconcer la personalidad jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS CAMPESINOS INDEPENDIENTES (LIGA CAMPESINA) DE LA ALDEA NUEVO TRIUNFO MAYA CHUJ DEL MUNICIPIO DE SAN MATEO IXTATAN, HUEHUETENANGO, "SINDICATO NUEVO TRIUNFO MAYA CHUJ".

DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO: Guatemala, dieciocho de lebrero de dos mil nueve.


Resolución No. DGT-PJ 22-2009.
Ref.CAFC/bpn

Se tiene a la vista para resolver la solicitud de reconocimiento de personalidad jurídica, aprobación de estatutos e inscripción del SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS CAMPESINOS INDEPENDIENTES (LIGA CAMPESINA) DE IA ALDEA NUEVO TRIUNFO MAYA CHUJ DEL MUNICIPIO DE SAN MATEO IXTATAN DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, "SINDICATO NUEVO TRIUNFO MAYA CHUJ", cuya documentación fue completada el seis de enero del año dos mil nueve del año dos mil ocho. Los interesados señalaron como lugar para recibir notificaciones en: novena avenida uno guión cuarenta y tres de la zona uno de la Ciudad capital de Guatemala.


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, garantiza a todos los trabajadores el derecho a la libre sindicalización, indicando que este derecho lo podrán ejercer sin discriminación, alguna y sin estar sujetos a autorización previa, debiendo únicamente cumplir con llenar los requisitos que establezca la ley; regulación que se complementa con el Convenio Número 87, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- (rarificado por Guatemala), el cual regula que los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.


CONSIDERANDO

Que en congruencia con lo indicado en el párrafo anterior, la legislación ordinaria laboral regula que para obtener el reconocimiento de su personalidad jurídica, la aprobación de sus estatutos e inscripción de los sindicatos, se debe seguir el procedimiento regulado en el Artículo 218 del Código de Trabajo, el cual establece los requisitos formales que deben cumplirse y otorga competencia a la Dirección General de Trabajo para el conocimiento del trámite respectivo hasta su resolución con la venia del Despacho Ministerial. CONSIDERANDO Que en el presente caso se cumplió debidamente con todas las formalidades de ley habiéndose observado la legalidad respectiva en la redacción de los estatutos del SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS CAMPESINOS INDEPENDIENTES (LIGA CAMPESINA) DE LA ALDEA NUEVO TRIUNFO MAYA CHUJ DEL MUNICIPIO DE SAN MATEO IXTATAN DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, "SINDICATO NUEVO TRIUNFO MAYA CHUJ", por lo que es procedente el reconocimiento de su personalidad jurídica, la aprobación de sus estatutos y consecuentemente su inscripción en el Registro Público de Sindicatos.


POR TANTO

En uso de las facultades que le confieren los Artículos 217 y 218 del Código de Trabajo y de conformidad con lo regulado en los Artículos: 102 literales q) y i), de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 4, 7 y 8, del Convenio Internacional número 87 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-; y, 206, 210, 216, 217, 218, 219, 220 y 221, del Código de Trabajo; la Dirección General de Trabajo.


RESUELVE

 
...
Consultas:
  • Buscado: 6,388 veces.
  • Ficha Técnica: 9 veces.
  • Imagen Digital: 9 veces.
  • Texto: 8 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu