ACUERDO  1230

Se acuerda disminuir el Presupuesto de Ingresos del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.


ACUERDO NÚMERO 1230


LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Instituto, para el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, fue aprobado por medio del Acuerdo de Junta Directiva número 1228 de fecha 16 de diciembre de 2008, por un monto de SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN QUETZALES EXACTOS (Q7,989,922,891.00).

Que dentro de las asignaciones aprobadas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, Decreto numero 72-2008 del Congreso de la República de Guatemala de fecha 9 de diciembre de 2008, no fue contemplado el pago en concepto de la Cuota del Estado como Tal, asignando parcialmente la Cuota del Estado como Patrono y el Aporte para la Atención Médica de las Clases Pasivas del Estado.

Asimismo, el Estado dentro de lo aprobado para el Ejercicio Fiscal 2009, no observó lo determinado en el Acuerdo Gubernativo número 239-2008 de fecha 2 de octubre de 2008, el que aprueba en todo su contenido el Acuerdo número 1222 de la Junta Directiva, que establece un incremento complementario a las pensiones otorgadas por el Programa de Invalidez, Vejez y Sobreviviencia, que será financiado por el Estado como abono a la deuda de la Cuota del Estado como Tal.

Que la Gerencia del Instituto ha sometido a consideración de la Junta Directiva, la propuesta de disminución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, correspondiente al Ejercicio 2009, por la cantidad de UN MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO QUETZALES EXACTOS (Q 1,528,641,865.00)

Que es necesario ajustar dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Instituto para el Ejercicio 2009, el monto estimado inicialmente en concepto de pago de la Cuota del Estado como Tal y el Aporte para la Atención Médica de las Clases Pasivas del Estado, con relación a lo programado por el Estado en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009.


POR TANTO,

En uso de las facultades legales y de las que específicamente le confiere el Artículo 19, inciso c) del Decreto Número 295 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,


ACUERDA:

 
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