ACUERDO GUBERNATIVO 284-2008
Acuerda designar al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, como Centro Nacional de Coordinación para el intercambio de información relativo a la reducción o la eliminación de la producción, utilización y liberación de contaminantes orgánicos.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 284-2008
Guatemala, 3 de noviembre del 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.
CONSIDERANDO:
Que el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, fue suscrito por Guatemala el 29 de enero de 2002 y aprobado mediante Decreto número 60-2007 del Congreso de la República, de fecha 14 de noviembre de 2007 y ratificado el 22 de abril del año en curso, su objetivo principal es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 numeral 3 del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, cada Estado Parte designará un centro nacional de coordinación para el intercambio de información relativo a la reducción o la eliminación de la producción, utilización y liberación de contaminantes orgánicos persistentes y las alternativas a los contaminantes orgánicos persistentes, incluida la información relacionada con sus peligros y sus costos económicos y sociales.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, literales e) y o) de la Constitución Política de la República,
ACUERDA
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