ACUERDO GUBERNATIVO  209-2008

Se acuerda aprobar la Carta Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable No. ATN/OC-10310-GU, para la realización del Programa "Estudios de Factibilidad para Apoyar el Desarrollo de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas".


ACUERDO GUBERNATIVO No. 209-2008

Guatemala, 14 de agosto del 2008


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República establece que Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garnticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.


CONSIDERANDO:

Que el 16 de marzo de 2007, la República de Guatemala y el Banco interamericano de Desarrollo -BID-, suscribieron la Carta Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable No. ATN/OC-10310-GU para la realización del Programa "Estudios de Factibilidad para Apoyar el Desarrollo de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas", hasta por un monto de cuatrocientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$400,000.00), teniendo como objetivos los enunciados en la Carta Convenio respectiva; que la misma se apega a las leyes y reglamentos vigentes y que todo convenio de donación debe ser aprobado por acuerdo gubernativo con el refrendo del Ministerio de Finanzas Públicas, es necesario emitir la disposición legal por medio de la cual se apruebe.


POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento con lo establecido en el artículo 53 del Decreto No. 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA:

 
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