ACUERDO GUBERNATIVO  208-2008

Acuerda el Directorio como órgano superior de la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, tendrá las funciones y competencias que se otorgan al Tribunal Aduanero Nacional en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA).


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 208-2008

Guatemala, 1 4 de agosto del 2008


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que constitucionalmente la República de Guatemala, como parte de la comunidad centroamericana, mantendrá y cultivará relaciones de cooperación y solidaridad con los demás Estados que formaron la Federación de Centroamérica y sus autoridades competentes están obligadas a fortalecer la integración económica centroamericana sobre bases de equidad.


CONSIDERANDO:

Que en virtud que la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, tiene con exclusividad las funciones de administración tributaria en materia aduanera y con base a su estructura organizacional cuenta con un Directorio, el cual es el órgano de dirección superior, al que le corresponde dirigir la política de la administración tributaria, mismo que podrá considerarse como Tribunal Aduanero de acuerdo a la legislación aduanera centroamericana.


POR TANTO,

En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 3 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria y artículo 104 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA).


ACUERDA:

 
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