DECRETO DEL CONGRESO 28-2008
Ley Reguladora del Procedimiento de Extradición
DECRETO NÚMERO 28-2008
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece como deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la vida, la integridad y el desarrollo de la persona humana.
CONSIDERANDO:
Que Guatemala forma parte de diversos instrumentos internacionales, en los que se regula la extradición como institución Jurídica para que los Estados puedan entregar a las personas reclamadas por los sistemas judiciales para el cumplimiento de la condena impuesta o el procedimiento conforme al derecho interna
CONSIDERANDO:
Que la extradición, a pesar de la evolución que ha experimentado en el ámbito internacional, carece de una regulación adecuada en la legislación ordinaria acorde con los principios establecidos en la Constitución Política de la República y los instrumentos internacionales, a manera de garantizar el respeto a los principios y el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el Estado de Guatemala.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO DE EXTRADICIÓN
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
PRINCIPIOS Y GARANTÍAS
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