ACUERDO GUBERNATIVO  133-2008

Acuerda Reformar el Acuerdo Gubernativo Número 351-94, de Reglamento de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 133-2008

Guatemala, 09 de mayo del 2008


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que conforme la Constitución Política de la República es obligación del Estado velar por la salud y asistencia social de todos sus habitantes, debiendo desarrollar a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de promover el más completo bienestar físico, mental y social de la población.


CONSIDERANDO:

Que por Acuerdo Gubernativo Número 893-91 de fecha 22 de noviembre de 1991, se creó la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República, cuyas atribuciones y estructura organizativa fueron normadas en su Reglamento aprobado mediante Acuerdo Gubernativo Número 351-94, de fecha 14 de julio de 1994, y reformado por el Acuerdo Gubernativo Número 94-2005, de fecha 30 de marzo de 2005.


CONSIDERANDO:

Que es necesario que la Secretaria y Subsecretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente cuenten con atribuciones, que atiendan a la necesidad funcional de la Secretaría.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 15 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA


REFORMAR EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 351-94, DE FECHA 14 DE JULIO DE 1994, REGLAMENTO DE LA SECRETARÍA DE OBRAS SOCIALES DE LA ESPOSA DEL PRESIDENTE.

 
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