ACUERDO GUBERNATIVO  96-2008

Deja sin efecto la intervención contenida en el Acuerdo Gubernativo Número 430-96 de fecha 06 de octubre de 1996, mediante la cual se intervino la Dirección General de Aeronáutica Civil y como consecuencia, se deroga dicho Acuerdo.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 96-2008

Guatemala, 07 de marzo del 2008


EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA
EN FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA


CONSIDERANDO:

Que constitucionalmente corresponde al Presidente de la República ejercer las funciones ejecutivas del Estado y por lo mismo, administrar la Hacienda Pública con apego a la ley y con el correspondiente refrendo de los Ministros de Estado.


CONSIDERANDO:

Que a través del Acuerdo Gubernativo numero 430-96 de fecha 6 de octubre de 1996. el Presidente de la República acordó y formalizó la intervención de la Dirección General de Aeronáutica Civil.


CONSIDERANDO:

Que la Corte de Constitucionalidad reiteradamente ha sostenido que las Intervenciones a que se refiere el articulo 120 constitucional deben ser por el tiempo estrictamente necesario y que, analizada la situación de dicha Dirección General de Aeronáutica Civil se evidencia que la intervención a que se refiere el considerando anterior, ya no se justifica; por lo que dicha Dirección deberá funcionar de conformidad con lo establecido en el Decreto número 93-2000 del Congreso de la República, Ley de Aviación Civil.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 inciso e), de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en el artículo 120 de la citada Constitución y en los artículos 1, 6, 13, 14 y 19 del Decreto número 93-2000 del Congreso de la República, Ley de Aviación Civil,


ACUERDA:

 
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