ACUERDO GUBERNATIVO 23-2008
Acepta la donación que a título gratuito estimado en un valor de treinta y cinco mil quetzales, libre de gravámenes que puedan afectar los derechos del donatario, hace la municipalidad de San José, departamento de Escuintla, a favor del Estado.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 23-2008
Guatemala, 9 de enero del 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la paz y el desarrollo integral, y siendo que mediante el punto tercero del acta número 0039/2004, de fecha 27 de mayo de 2004, de la sesión pública ordinaria celebrada por el Concejo Municipal de San José, departamento de Escuintla, se acordó donar a título gratuito a favor del Estado de Guatemala, las fincas rústicas inscritas en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central con los números 1261 y 1262, folios 178 y 179 del libro 230 de Escuintla, respectivamente, las cuales forman un solo cuerpo y se unificarán para formar una finca nueva con una extensión superficial de 544.6642 mts2, la que deberá quedar adscrita al Organismo Judicial para el establecimiento de oficinas administrativas y judiciales de dicho organismo en la mencionada localidad;
CONSIDERANDO:
Que la donación es conveniente a los intereses del Estado de Guatemala por ser de beneficio para el desarrollo y ampliación de los servicios judiciales del municipio citado, según consta en el expediente número O-3029-2005 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, por lo que es necesario emitir la disposición legal correspondiente, mediante la cual se acepte la donación, se acuerde la unificación y se adscriba el bien a favor del Organismo Judicial;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala;
ACUERDA:
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