ACUERDO MINISTERIAL  07-2008

Restringe los plaguicidas de uso agrícola que contengan el ingrediente activo Metamidofos.

*Derogado por el artículo 10 del Acuerdo Ministerial 329-2008 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación de fecha 14-07-2008.


ACUERDO MINISTERIAL No. 7-2008

Guatemala, 8 de enero de 2008


EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN


CONSIDERANDO:

Que corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción agrícola y los que tienen por objeto mejorar las condiciones alimenticias de la población y la sanidad agropecuaria.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que para el efecto establece la Ley del Organismo Ejecutivo, es función del Ministerio, el registro, control, supervisión y vigilancia en la calidad de la producción, importación, exportación, transporte, disposición y uso de plaguicidas, lo cual debe regirse por estándares internacionalmente aceptados.


CONSIDERANDO:

Que el uso de plaguicidas para la protección de cultivos agrícolas, no debe entrañar riesgos para la salud humana y el ambiente, además debe ser acorde con las exigencias y restricciones de los mercados de destino, en ese sentido, el uso de Metamidofos para los cultivos de arveja china, arveja dulce, arveja criolla y ejote francés, no está permitido en Estados Unidos de América y en la Unión Europea, principales socios comerciales de estos productos, debido a que la residualidad de dicho ingrediente activo, causa graves daños a la salud humana.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los reportes estadísticos, hay reincidencia en la detección de embarques de arveja china, arveja dulce, arveja criolla y ejote francés con residuos de Metamidofos, por lo cual se hace urgente emitir las disposiciones prevengan el riesgo de enfermedades y pérdidas en la producción,


POR TANTO:

En el ejercicio de las funcione que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República; y con base en lo que establece el artículo 61 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto 36-98 del Congreso de la República.


ACUERDA:


Restringir los plaguicidas de uso agrícola que contengan el ingrediente activo Metamidofos.

 
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