ACUERDO GUBERNATIVO  616-2007

Aprueba el contenido del Acuerdo 1211, de fecha 16 de agosto de 2007, emitido por la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en Autorizar la Modalidad de Atención "Médico de Cabecera", para Pensionados y Jubilados.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 616-2007

Guatemala, 18 de diciembre de 2007


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social emitió el Acuerdo número 1211 de fecha 16 de Agosto del año 2007, referente a autorizar la modalidad de atención denominada "Médico de Cabecera", para pensionados y jubilados; en la que se establece que el objetivo del mismo, es brindar atención médica en consulta externa a pensionados y jubilados de conformidad con la selección de médicos que para el efecto se realice, lo que no implica pérdida de derecho alguno de parte de los pensionados y jubilados del Instituto.


CONSIDERANDO:

Que el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social brindará la atención a los pacientes seleccionados en las clínicas o consultorios de los médicos contratados por éste, quienes estarán obligados a evaluar a cada paciente que le sea referido, por lo que en ningún caso se afecta la función que por mandato constitucional y legal es exclusiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, siendo su finalidad la de conservar, prevenir o restablecer medidas a favor de la salud de sus afiliados.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 19 inciso a) párrafo segundo del Decreto 295 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.


ACUERDA:

 
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