ACUERDO GUBERNATIVO 384-2007
Reconoce la competencia del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 384-2007
Guatemala, 13 de agosto de 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 149 de la Constitución Política de la República establece que Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos y al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.
CONSIDERANDO:
Que la República de Guatemala suscribió, con fecha 7 de septiembre de 2000, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, misma que fue aprobada por el Congreso de la República, mediante Decreto 61-97 del 6 de febrero de 2003 y ratificada por el Presidente de la República el 14 de marzo de 2003.
CONSIDERANDO:
Que en virtud de los Artículos 76 y 77 de dicha Convención se faculta a los Estados Parte a formalizar una declaración para reconocer la competencia del "Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares" para recibir y examinar las comunicaciones en las que un Estado Parte de la Convención alegue de otro Estado Parte el incumplimiento de sus obligaciones dimanadas de la misma, así como para recibir y examinar las comunicaciones enviadas por personas sometidas a la jurisdicción de un Estado Parte, que aleguen que el mismo ha violado los derechos individuales que les reconoce la citada Convención.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 133, literales e) y o) de la Constitución Política de la República y con fundamento en los Artículos 76 y 77 de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares,
ACUERDA:
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