ACUERDO MINISTERIAL  861-2007

Autoriza al señor Sergio Guillermo Fernández Barrios, para que la Empresa de Seguridad Privada denominada POLIMAYA, preste servicios de Seguridad Privada en el país.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 861-2007

Guatemala, 22 de Junio de 2007


LA MINISTRA DE GOBERNACION


CONSIDERANDO:

Que el señor Sergio Guillermo Fernández Barrios, en su calidad de Propietario de la Empresa Mercantil denominada POLIMAYA, con fecha cinco de enero del año dos mil cuatro, solicitó a este Ministerio autorización para que la entidad que representa, pueda funcionar como empresa de seguridad privada.


CONSIDERANDO:

Que sobre dicha solicitud se pronunciaron favorablemente la Unidad de Asesoría Jurídica de este Ministerio, la Policía Nacional Civil y la Procuraduría General de la Nación, por lo que, habiéndose llenado los requisitos correspondientes, es procedente acceder a lo solicitado por el señor Sergio Guillermo Fernández Barrios, para cuyo efecto se hace necesario emitir el Acuerdo Ministerial correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 194 literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y 27 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y con fundamento en los Artículos 3º del Decreto número 73-70, Ley de Policías Particulares y 5 del Decreto número 11-97, Ley de la Policía Nacional Civil y sus reformas, ambos del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:

Autorizar el señor Sergio Guillermo Fernández Barrios, para que la Empresa de Seguridad Privada denominada POLIMAYA, preste servicios de seguridad privada la que regirá su funcionamiento de conformidad con los estatutos establecidos por el Ministerio de Gobernación, siendo estos los siguientes:


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 4,815 veces.
  • Ficha Técnica: 8 veces.
  • Imagen Digital: 6 veces.
  • Texto: 6 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu