ACUERDO GUBERNATIVO 376-2007
Reglamento para la Regulación, Autorización, Acreditación y Control de Establecimientos de Atención para la Salud.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 376-2007
Guatemala, 06 de Agosto de 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que es necesario que los establecimientos que ofrecen y proveen servicios de prevención, diagnóstico, tratamiento de las enfermedades, recuperación, rehabilitación, control y cuidado de la salud, del sector público, privado y de asistencia social, estén legalmente autorizados para su funcionamiento a efecto de garantizar a la población servicios de calidad. Siendo indispensable que, los propietarios, representantes legales, profesionales, técnicos, auxiliares y personal dependiente estén comprometidos en el proceso de la atención al usuario.
CONSIDERANDO
Que se requiere de un marco reglamentario para la regulación, la acreditación, la autorización y la vigilancia del funcionamiento de los establecimientos que proveen a la población guatemalteca servicios de prevención, diagnóstico, tratamiento de las enfermedades, recuperación, rehabilitación, control y cuidado de la salud, del sector público, privado y de asistencia social; función que el Estado debe ejecutar a través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 121 y 157 del Decreto 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN, ACREDITACIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN PARA LA SALUD
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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