ACUERDO MINISTERIAL  1339-2007

Se instruye al Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil, para que proponga al Despacho Ministerial las disposiciones reglamentarias que fije los parámetros de horarios para la circulación de vehículos a nivel nacional.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO: 1339-2007

Guatemala, 11 de agosto de 2007.


LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que conforme al principio establecido en el Artículo 134 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala, los municipios actúan por delegación del Estado y tienen como obligación mínima coordinar su política, con la política general del Estado y, en su caso, con la especial del ramo a que corresponda.


CONSIDERANDO:

Que compete al Ministerio de Gobernación, por intermedio del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil, el ejercicio de la autoridad de tránsito en la vía pública, así como ejercer la autoridad de tránsito en las carreteras nacionales y departamentales y, en el caso de las Municipalidades a las que se haya trasladado la competencia de la Administración de Tránsito, éstas se encuentran obligadas a acatar las disposiciones contenidas en la Ley de Tránsito y su Reglamento, Manuales de Tránsito y reglamentaciones generales emitidas por el Ministerio de Gobernación por medio del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo establecido en los artículos 3 y 27 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 5 literal k) y 8 del Decreto número 132-96 del Congreso de la República, Ley de Tránsito.


ACUERDA:

Emitir las disposiciones siguientes,

 
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