ACUERDO GUBERNATIVO  280-2007

Unifica las fincas debidamente inscritas en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, las que forman un solo cuerpo, debiendo formar finca nueva a favor del Estado de Guatemala.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 280-2007

Guatemala, 20 de julio de 2007


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala es propietario de las fincas inscritas en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, con los números 19226, 19227, 2075, y 2076, folios 44, 45, 67 y 68 de los libros 520, 520, 670 y 670 todos de Guatemala, respectivamente, las cuales se encuentran ubicadas en la 4a. avenida 10-25 de la zona 14 de la ciudad capital, formando un solo cuerpo;


CONSIDERANDO:

Que es conveniente para el Estado, realizar la unificación de las fincas identificadas en el considerando anterior, toda vez que forman un solo cuerpo, extremo que hace innecesario mantener varias inscripciones, por lo que debe disponerse su unificación en una sola finca, la cual al momento de su inscripción en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central deberá formar finca nueva a favor del mismo Estado y adscribirse al Ministerio de Economía, para que en ella continúen funcionando las oficinas de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana -SIECA-, según consta en el expediente número D-0836-2004 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas; en consecuencia, procede emitir la disposición legal correspondiente;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
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