ACUERDO GUBERNATIVO  127-2007

Adscribe a favor del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, una fracción de terreno de la finca propiedad de la Nación, debidamente inscrita en el Segundo Registro General de la Propiedad.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 127-2007

Guatemala, 23 de abril de 2007.


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala es propietario de la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad, con el número 38832, folio 155, libro 216 de Quetzaltenango, de la cual una fracción de terreno de 9,916.7900 metros cuadrados es utilizada por el Distrito número 2 de la Zona Vial número 4 de la Dirección General de Caminos, ubicada en Coatepeque departamento de Quetzaltenango, sin que a la fecha se haya formalizado su adscripción a favor del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, y siendo que dentro del expediente identificado con el numero D-926-2006 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, quedó establecido el cumplimento de todos los presupuestos legales para la adscripción a favor del Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda de la fracción de terreno antes relacionada, procede emitir la disposición legal que regularice su uso;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo;


ACUERDA:

 
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