ACUERDO 15-2007
Designa al Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil, para que proceda a la inspección del Registro General de la Propiedad de la Zona Central, haciendo las anotaciones que determine respecto de los expedientes de dicho Registro.
ACUERDO No. 15-2007
CONSIDERANDO:
De conformidad con el artículo 1217 del Código Civil la inspección del Registro General de la Propiedad de la Zona Central, la tendrá a su cargo el Juez de Primera Instancia de lo Civil, designado anualmente por la Corte Suprema de Justicia, por lo que para dar cumplimiento a esa norma, se deben dictar las disposiciones pertinentes.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1217, 1218 y 1219 del Código Civil; 54 letras a) y f), 57, 58, 75, 77, y 95 inciso d) de la Ley del Organismo Judicial, e integrada como corresponde,
ACUERDA:
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