DECRETO DEL CONGRESO 06-2007
Quedan exonerados del impuesto de importación e IVA los suministros médicos donados por la entidad Vision Health Internacional c/o Eye Medical Center, con destino al Hospital Nacional de El Progreso.
DECRETO NÚMERO 06-2007
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la entidad Vision Health International c/o Eye Medical Center, con sede en los Estados Unidos de América, ha propuesto donar ochenta y ocho piezas de suministros médicos, con un peso aproximado de un mil setecientas libras y con un valor aproximado de setenta y tres mil setecientos setenta y ocho dólares.
CONSIDERANDO:
Que la entidad Vision Health International c/o Eye Medical Center, es una entidad no gubernamental sin fines de lucro, que realiza programas de asistencia de atención oftalmológica en países en vías de desarrollo, programas que se llevan a cabo a través de una invitación de una agencia o entidad anfitriona que provea el apoyo logístico necesario.
CONSIDERANDO:
Que la donación propuesta, se destinará para la realización de una jornada oftalmológica en el departamento de El Progreso, dentro de las fechas del 3 al 10 de marzo de 2007, y siendo que se trata del Hospital Nacional de El Progreso, se hace necesario conceder la exoneración de los impuestos de importación que recaigan sobre la importación de los suministros médicos relacionados, emitiendo en tal sentido la respectiva disposición legal.
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Congreso de la República, decretar impuestos, establecer las bases de su recaudación y, en casos calificados, conceder exoneración en el pago de los mismos, con motivo del interés público y beneficio social, tal es el caso de la jornada oftalmológica a realizarse en el departamento de El Progreso.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y c) del artículo 171 y conforme lo que establece el artículo 239, ambos de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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