ACUERDO  02-2007

Presupuesto de Ingresos del Instituto de la Defensa Pública Penal, para el período fiscal 2007.

DIRECCIÓN GENERAL ACUERDOS


ACUERDO No. 02-2007


LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE LA DEFENSA PÚBLICA PENAL


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, Decreto ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97), del Congreso de la República, el Instituto de la Defensa Pública Penal goza de autonomía funcional y total independencia técnica para el cumplimiento de sus funciones.


CONSIDERANDO

Que el Instituto de la Defensa Pública Penal debe disponer de los recursos financieros que le permitan cumplir con sus objetivos; por lo que el Ministerio de Finanzas Públicas acordó aprobar la distribución analítica del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil siete (2007), mediante Acuerdo Gubernativo seiscientos veinte guión dos mil seis (620-2006) de fecha veintidós (22) de diciembre del año dos mil seis (2006), en el cual establece que de acuerdo a la Norma Constitucional contenida en el Artículo ciento setenta y uno (171), literal b), y el Decreto ciento uno guión noventa y siete (101-97), Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo veinticuatro (24), establece que si en el plazo referido, el presupuesto no hubiese sido aprobado por el Congreso de la República, regirá de nuevo el presupuesto en vigencia del Ejercicio Fiscal anterior.


CONSIDERANDO

Que en atención a la nota No. 1836 D.T.P. No. 4705, de fecha once (11) de diciembre del año dos mil seis (2006) de la Dirección Técnica del Presupuesto, se informa que para el Ejercicio Fiscal dos mil siete (2007), han quedado vigentes los recursos provenientes de ingresos corrientes autorizados por el ejercicio fiscal dos mil seis (2006), los cuales ascienden a la suma de OCHENTA Y UN MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA QUETZALES EXACTOS (Q.81,198,390.00) y por su parte, mediante nota No. IDPP/PARJ 001-07, de fecha tres (3) de enero del año dos mil siete (2007), del Departamento de Proyectos y Cooperación Internacional PARJ GTM/B7-310/98/0366, se informa que dentro del Programa de Apoyo a la Reforma de la Justicia, proveniente de la cooperación otorgada por la Comunidad Económica Europea, se tiene previsto recibir un primer aporte en calidad de donación por valor de UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE QUETZALES EXACTOS (Q. 1,874,387.00).


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Artículo diez (10) del Decreto ciento uno guión noventa y siete (101-97) el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto de la Defensa Pública Penal para el presente Ejercicio Fiscal, debe tener la totalidad de las asignaciones destinadas a sufragar los gastos y la estimación de los recursos destinados para su financiamiento.


POR TANTO

En base en el Articulo ciento setenta y uno (171), literal b), de la Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo veinticuatro (24) del Decreto ciento uno guión noventa y siete (101-97) Ley Orgánica del Presupuesto y Artículo doce, (12), numeral ocho (8) de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, Decreto número ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97).


ACUERDA

 
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