ACUERDO GUBERNATIVO  182-93

Reglamento de Zonificación, Uso y Manejo del Área Protegida Río Dulce.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 182-93

Palacio Nacional: Guatemala, 25 de marzo de 1993.


El Presidente de la República,


CONSIDERANDO:

Que el Consejo Nacional de Areas Protegidas -CONAP-, con fundamento en las facultades que le otorga la Ley de Areas Protegidas y su Reglamento, aprobó el Plan Maestro de bonificación, uso y manejo del Área Protegida Río Dulce;


CONSIDERANDO:

Que se hace indispensable delimitar el territorio que abarca el Area Protegida Río Dulce y reglamentar todos los aspectos concernientes a su administración, zonificación, concesión y contrataciones para cuyo efecto deberán dictarse las disposiciones legales correspondientes;


POR TANTO:

En el ejercicio de las facultades que le confiere el inciso e) del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala,


A C U E R D A:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO DE ZONIFICACION, USO Y MANEJO DEL AREA PROTEGIDA RIO DULCE.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,164 veces.
  • Ficha Técnica: 117 veces.
  • Imagen Digital: 0 veces.
  • Texto: 92 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 19 veces.
  • Formato Word: 27 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu