ACUERDO GUBERNATIVO 376-2006
Se constituye usufructo a titulo gratuito por el plazo de 50 años a favor de la Asociación “Villa de los Niños”.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 376-2006
Guatemala, 26 de junio de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Estado de Guatemala es propietario de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, con el número 8925, folio 220 del libro 109 de Guatemala, y siendo que uno de los deberes del Estado es garantizarle la vida a los habitantes de la República, y este enunciado sólo es posible alcanzarlo proveyéndolos de los servicios de salud y especialmente educación, la cual debe facilitarse contemplando todos los factores que propicien un desarrollo integral;
CONSIDERANDO:
Que la Asociación "Villa de los Niños", solicitó al Gobierno de la República se le otorgue en usufructo una fracción de terreno de 22,932.1376 metros cuadrados de la finca identificada en el primer considerando, para la instalación de un invernadero para cultivar principalmente frutas y verduras, con la finalidad de seguir brindando educación académica y técnica de alta calidad, totalmente gratuita a niños pobres, huérfanos y de familias desintegradas; según consta dentro del expediente número H-1404-2006 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, razón por la cual es conveniente otorgar ese derecho y en consecuencia emitir la disposición legal correspondiente;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo;
ACUERDA:
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